Resolución de conflictos
En caso de controversia sobre la formación, interpretación, aplicación, inclusive incumplimiento o finalización, del presente Acuerdo, las partes deberán primero tratar de llegar a una solución amistosa. Cualquier controversia que no pueda resolverse de esta forma, se someterá ante la Corte Centroamericana de Justicia, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia y el Convenio de Prerrogativas, Inmunidades y Franquicias a favor de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana.
Si la SIECA se viera afectada por algún tipo de reclamo de un tercero, derivado de las actuaciones de un usuario, el usuario deberá indemnizar a la SIECA por todos los posibles daños, pérdidas y gastos de cualquier tipo.
La responsabilidad de SIECA (y de quienes trabajan con la SIECA para proporcionar los servicios) no superará en ningún caso la cantidad equivalente a un año de suscripción a la RCAC al momento de iniciada cualquier controversia. Este límite de responsabilidad forma parte del acuerdo entre usted y la SIECA y se aplica a todas las reclamaciones de responsabilidad, incluso cuando esta solución no subsane la finalidad esencial.